“…Las primeras investigaciones estuvieron asociadas a las condiciones de acceso al poder legislativo. Una vez alcanzada cierta masa crítica en los congresos nacionales, los análisis se centran en el accionar de las mujeres cuando consiguen sus escaños (Caminotti, 2009;Chasquetti y Pérez, 2012;Heath et al, 2005;Johnson, 2014;Krook y Norris, 2014;Palmieri, 2011;Pérez, 2014;Rodríguez y Madera, 2016;Rodríguez, 2011;Schwindt-Bayer, 2006Tremblay y Pelletier, 2000), evidenciando que el acceso de las mujeres a los órganos de trabajo y decisión más importantes en igualdad con los hombres sigue siendo un reto (representación sustantiva) (Aldrey, 2016;García, 2019;Martínez y Garrido, 2010). En otras palabras, una mayor igualdad de género en el acceso a cargos de representación política no se traduce necesariamente en el ingreso igualitario a puestos de poder dentro de las cámaras legislativas (Pérez, 2014;Freidenberg y Gilas, 2020), como pueden ser las presidencias de las comisiones legislativas.…”