“…La respuesta política tanto de la UE como del estado español ha sido facilitar la movilidad en todo el territorio europeo a la población ucraniana, revelando que la aplicación de las medidas de seguridad es, en efecto, variable. En este sentido, la acogida unánime y la activación histórica de la protección temporal en marzo de 2022 nos pueden ayudar a comprender el trato diferencial de personas que buscan protección en Europa: por un lado, se activan medidas de acogida a desplazados forzados (ucranianos) mientras que, por otro, se fortalecen las políticas de externalización de las fronteras a través de acuerdos políticos y de cooperación al desarrollo para la contención de las migraciones hacia Europa (García-Burgos, 2021). Como ejemplos emblemáticos recordamos los acuerdos de marzo de 2016 entre la UE y Turquía y de febrero de 2017 entre Italia y Libia, pactados con el objetivo de contener la llegada de refugiados a Europa.…”