“…Lo anterior implica entender la precariedad laboral como un fenómeno multidimensional que transforma las relaciones laborales y condiciona las posibilidades de inserción y desarrollo en la sociedad (Agulló, 2001;Prieto et al, 2008), conceptualizando el término de una manera amplia, multifacética y acorde con las características que impiden el desarrollo de trayectorias profesionales que permiten alcanzar una cierta calidad de vida en el contexto temporal y territorial de referencia (en nuestro caso, la Unión Europa del siglo XXI) (Glaymann y Grima, 2008;Béroud y Bouffartigue, 2009;Pérez et al, 2020). Por ese motivo, se propone una aproximación al concepto de precariedad laboral vinculado con aquellas situaciones laborales en las que no quedan cubiertas las necesidades sociales de la población debido a la degradación del empleo en sus múltiples expresiones y que afecta, especialmente, a las oportunidades de entrada al mercado, a los ingresos y a las condiciones laborales fundamentales y vinculadas con el desarrollo de una ocupación laboral (Fraser et al 2011;Hällerod et al 2015;Vicent, 2017;Santamaría y Orteu, 2020). Una propuesta que resulta a su vez susceptible de medición y que cuenta con la potencialidad de captar las diferencias nacionales en la comparativa de las economías europeas en el periodo temporal reciente , donde se combinan etapas expansivas y recesivas del ciclo económico.…”