“…Sin embargo, al año 2021 está diseñada la responsabilidad social en la ética y el desarrollo sostenible. En cuanto a la Obligatoriedad, referentes teóricos como: Corredor (2005), Ruiz (2014), Soria (2014), Ibarra (2014), Vélez y Cano (2016), Hernández (2009), Vásquez (2021), Subirats (1994), Yato (2019), Vélez-Romero (2016), Portulhak, et al, (2017) y Navarro-Galera, et al, (2014, coinciden en que la RS implica cumplir con los requerimientos legales lo que conlleva, a emitir leyes, decretos, directivas, así como incluir principios y deberes de Responsabilidad Social.…”