2019
DOI: 10.22187/rfd2019n47a9
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El Sistema Clásico de Lógica Deóntica: una mirada crítica

Abstract: de 35Resumen: La lógica deóntica nació en 1951 con la publicación, en la revista Mind, del célebre artículo de Georg Henrik Von Wright: Deontic Logic. Ese momento constituye un hito en la historia de esta lógica particular, ya que, a partir de ahí comenzó su estudio sis temático. Ahora bien, el Sistema Clásico de Lógica Deóntica, que nació con dicho artículo, es uno de los más extendidos, especialmente, entre juristas y filósofos del dere cho. Esto se debe, entre otras cosas, a su estructura simple y al hecho … Show more

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“…La más significativa que cabe destacar es que mientras los conceptos modales aléticos guardan una conexión lógica con los hechos y, por ende, con los valores de verdad, las nociones deónticas carecen de esta conexión. Esto es así, puesto que en la lógica modal alética si una proposición es verdadera entonces es posible y si una proposición es necesaria entonces es verdadera, mientras que en la lógica deóntica ninguna calificación normativa puede desprenderse del acaecimiento o no de un hecho o, mejor dicho, de la realización o no realización de una acción (Velázquez, 2019a). En términos más sencillos, nos dice Bulygin que "del hecho de que algo sea (verdad) no se sigue que esté permitido y no todas las obligaciones se cumplen de hecho" (1995, p. 130).…”
Section: ≡ ~M V ≡ ~P N ≡ I~ ≡ ~M~ O ≡ V~ ≡ ~P~unclassified
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“…La más significativa que cabe destacar es que mientras los conceptos modales aléticos guardan una conexión lógica con los hechos y, por ende, con los valores de verdad, las nociones deónticas carecen de esta conexión. Esto es así, puesto que en la lógica modal alética si una proposición es verdadera entonces es posible y si una proposición es necesaria entonces es verdadera, mientras que en la lógica deóntica ninguna calificación normativa puede desprenderse del acaecimiento o no de un hecho o, mejor dicho, de la realización o no realización de una acción (Velázquez, 2019a). En términos más sencillos, nos dice Bulygin que "del hecho de que algo sea (verdad) no se sigue que esté permitido y no todas las obligaciones se cumplen de hecho" (1995, p. 130).…”
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“…Tanto el Sistema Clásico -nacido con el artículo de von Wright en 1951-como los sistemas estándar de lógica deóntica se fundan en una serie de analogías existentes entre los conceptos deónticos (permitido, prohibido, obligatorio) y, principalmente, 1 los conceptos modales aléticos (posible, imposible, necesario). Si bien los conceptos deónticos remiten al carácter normativo de ciertas categorías de acciones o situaciones a las que modalizan mientras que los conceptos aléticos afectan a las proposiciones en cuanto a su verdad, ambos tipos de nociones modales presentan comportamientos estructurales análogos (Velázquez, 2019a). Así como cabe definir lo imposible (I) y lo necesario (N) a partir de lo posible (M), así también se puede definir lo prohibido (V) y lo obligatorio (O) a partir de lo permitido (P), en ambos casos con el auxilio de la negación (~).…”
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