“…En el año 2013, con los problemas estructurales que damnifican al grupo juvenil en su andadura profesional, se pone en funcionamiento la Estrategia para emprendimiento y Empleo Juvenil (en adelante, EEEJ), en su cometido de lograr frenar la difícil situación de estos jóvenes en su transición laboral. En su ajuste, se presentó el marco general del Programa de GJ, aprobado en España en el año 2014 e implantado a partir del mes de septiembre(Rodríguez-Soler y Verd, 2017) tras la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, donde se establece, en el capítulo VIII, el régimen de implantación de esta medida para lograr que los jóvenes puedan recibir una oferta formativa y laboral. Seguidamente, un año más tarde, se instauró en diciembre el Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ) en el asalto de poner en funcionamiento tanto la IEJ como GJ, con una partida económica de dos mil setecientos millones de euros(González Gago, 2017).En su cometido, GJ fue propulsada para dar estabilidad al grupo de jóvenes más desfavorecido entre los dieciséis y los veinticinco años, o menores de treinta en situación de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.…”