El presente trabajo tiene por objeto analizar si la protección que se confiere al consumidor con el otorgamiento del derecho de desistimiento en los contratos de consumo resulta efectiva; esto es, si este encuentra una verdadera oportunidad de ejercerlo sin verse disuadido por factores externos. Tendrán, para ello, especial acomodo aquellas soluciones que impliquen un equilibrio entre los agentes económicos intervinientes: consumidor y empresario, siendo conscientes de la necesidad de que el primero merezca una protección reforzada, especialmente, con la nueva realidad a la que nos enfrentamos con el COVID-19, que requerirá de soluciones que, partiendo de la jurisprudencia europea, implican cierta formulación del derecho de desistimiento. Se examinará, para ello, la regulación actual de esta figura en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU), en relación con algunos problemas de índole práctica como la distinción del desistimiento respecto del derecho a poner fin al contrato, y su coexistencia con las cláusulas de permanencia.