Este trabajo busca estudiar la disposición del artículo 398 del Código Procesal Penal chileno según los parámetros del principio de ofensa. Para esto procederemos de la siguiente forma. En las primeras secciones del artículo, analizaremos la naturaleza de los delitos de bagatela en el ordenamiento jurídico chileno. Luego, estudiaremos el contenido teleológico subjetivo de la suspensión de la pena y sus efectos. Finalmente, presentaremos los criterios para diferenciar el principio de ofensa y del daño, enfocados en la necesidad de implementar una lectura desde la noción de ofensa que evite una sanción excesiva de faltas en el ordenamiento penal chileno.
El artículo presenta un análisis en torno a la eximente de miedo insuperable en el Derecho penal chileno. A partir del concepto dogmático de impulso irresistible y el análisis de diferentes trastornos mentales en la jurisprudencia chilena, el artículo presenta una reconstrucción racional del miedo insuperable que rechaza su relación con males imaginarios. Por ello, el objetivo de este artículo es demostrar que el miedo insuperable conlleva el análisis de trastorno mental que no altera el juicio de la realidad. Luego, tratar las consecuencias que siguen a esta interpretación en el estado de necesidad y, asimismo, entregar una propuesta de diferenciación entre acto perceptivo e imaginario en casos de miedo insuperable.
R e s u m e nLa imputación es una operación que se utiliza para la atribución de responsabilidad en materia extracontractual. La dogmática civilista generalmente realiza un tratamiento de la misma que, tanto en los manuales de responsabilidad extracontractual, como en sus artículos doctrinarios, desconoce las virtudes del modelo analítico de imputación. La dogmática chilena reconoce el modelo de la teoría de la causa adecuada o de la equivalencia de las condiciones en el campo de la causalidad, pero omite establecer una diferenciación apropiada de estos modelos con la imputación. Por ello, pueden darse supuestos de responsabilidad en que se desconozca dicha diferenciación. En el presente trabajo se sistematiza y analiza el criterio de imputación, dentro del sistema de responsabilidad extracontractual en Chile, así como el régimen jurídico que corresponde a este concepto, centrándose primero en el tratamiento dogmático reconocido en dos fallos recientes de la Corte Suprema, y después, se analiza el modelo de razonamiento utilizado por esta desde los parámetros del modelo kantiano, para finalizar con el examen de este criterio, con especial énfasis en el modelo de imputación analítico. PalabRas c l av eImputación, responsabilidad extracontractual, modelo analítico. Analytical approach to imputation in the field of chilean extracontractual liability a b s t R a c tThe imputation is an operation that is used for the attribution of responsibility in non-contractual matters. Civilian dogmatics generally carry out a treatment of it, which, in the manuals of non-contractual liability, as well as in its doctrinal articles, ignores the virtues of the analytical model of imputation. Chilean dogmatics recognize the model of the theory of the right cause or the equivalence of conditions in the field of causality, but fails to establish an adequate differentiation of these models with imputation. Therefore, there may be assumptions of responsibility in which such differentiation is unknown. In the present work the concept of imputation is systematized and analyzed, within the system of noncontractual liability in Chile, as well as the legal regime that corresponds to this concept, focusing first on the dogmatic treatment recognized in two recent rulings of the Supreme Court, And then analyze the model of reasoning used by Kant from the parameters of the Kantian model and conclude with the examination of this criterion, with special emphasis on the analytical imputation model. Cómo citar este artículo: CÁNDANO-PÉREZ, Mabel; GUERRA-ESPINOSA, Rodrigo Andrés. Aproximación analítica a la imputación en el ámbito de la responsabilidad extracontractual chilena. En: Entramado.
Este artículo tiene por objeto explicar cuándo en el estado de necesidad la distinción entre un mal mayor o menor responde al universo ético consecuencialista y desde qué consideraciones no lo haría; segundo, explicar por qué es posible desde el principio del doble efecto la ponderación de la vida humana, aceptando la objetivización de sus parámetros según los efectos de una acción. Por ello, a continuación trataremos en la primera sección el concepto de mal en clave consecuencialista y, posteriormente, moral absolutista. Se trata de un análisis sobre la materia que reconoce, en la segunda sección, la importancia de la existencia de estos universos en la ponderación de males. Luego, contrastaremos nuestros razonamientos con las soluciones que, para casos semejantes, se proponen desde el doble efecto para algunas situaciones de estado de necesidad. Finalmente, en la tercera sección, entregaremos los criterios de una política criminal para distinguir y no encubrir exigencias deónticas en el estado de necesidad.
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