La celebración del matrimonio igualitario en Ecuador, es un tema de interés en el activismo jurídico contemporáneo. El objetivo fue analizar la importancia de la sentencia Nº 10-18-CN/19 de la Corte Constitucional, que autorizó el matrimonio igualitario en Ecuador, generado por la negativa de celebrar dicho vínculo entre dos personas del mismo sexo por parte del Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador. Se realizó una investigación explicativa de carácter descriptivo, en la cual se puntualizó de forma detallada la jurisprudencia ecuatoriana que autorizó al matrimonio igualitario y sus consecuencias. El resultado denota que, en virtud del principio de convencionalidad, Ecuador está obligado a autorizar esta clase de matrimonio. Se concluye que, es evidente el incumplimiento de esta normativa generando responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano porque la Asamblea Nacional no ha cumplido con la incorporación de una legislación sobre el matrimonio que incluya como cónyuges a las parejas del mismo sexo.
El presente estudio tiene como objeto describir los tipos de sanciones penales en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Son dos los aspectos clave para la determinación de las sanciones penales, por un lado, el grado de lesión de los bienes jurídicos afectados y, por el otro, la proporcionalidad de la pena aplicada. Conforme al Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano, las sancionas de naturaleza penal aluden a tres tipos: penas privativas de libertad, penas no privativas de libertad, y penas restrictivas de los derechos de propiedad. Por tanto, en atención al principio de proporcionalidad, en el orden interno ecuatoriano, se estipula una clasificación de las sanciones de naturaleza penal, que incluye limitación al derecho a la libertad, restricción de otros derechos como: libre tránsito, expresión, participación, y restricción de derechos de propiedad. La aplicación de alguna de estas penas siempre debe ser resultado de un proceso justo, equilibrado y donde priven los principios del debido proceso penal. Este estudio es de tipo documental descriptivo, mediante la aplicación del método analítico. Las fuentes principales de información son de tipo bibliográfico, representadas básicamente, en textos normativos de rango constitucional y legal, así como doctrinas nacionales y jurisprudenciales.
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