Las medidas aplicadas por el gobierno ecuatoriano para gestión de la crisis sanitaria causada por el COVID-19 han sido muy controversiales en cuanto a los principios bioéticos, Derechos Humanos, y el marco constitucional. En ese sentido se planteó la realización de una investigación de tipo documental-bibliográfico, en la que se han analizado leyes, informaciones y noticias sobre el coronavirus en el Ecuador con la finalidad de conocer las consecuencias de la aplicación de tales medidas. El derecho a la salud ha sido considerado como la principal urgencia que atender en el país, sin embargo, las medidas aplicadas para atender la salud de los ecuatorianos han socavado los derechos fundamentales de los mismos, tanto en el propio sector salud, como en el económico, social, laboral y moral. En consecuencia, se debe plantear una revisión de los principios bioéticos fundamentales de tal forma que se lleguen a acuerdos morales y legales donde los derechos fundamentales no sean violentados.
Introducción. Las SAS son un tipo de compañía mercantil que se constituye por una o varias personas naturales o jurídicas, mediante un trámite simplificado sin costo. Tiene como objetivo impulsar la economía mediante la formalización de los emprendimientos, constituyéndolos en sujetos de crédito y con ello ampliar sus procesos productivos. Objetivo. Se pretende abordar acerca de la sociedad de acciones simplificadas “SAS”, dentro del contexto de contractualización entre cónyuges en el Ecuador. Metodología. Se aplicó una metodología basada en un diseño bibliográfico de tipo documental. Resultados. El consecuente inicio de actividades de las SAS a la reglamentación ecuatoriana desde un ángulo positivo sujeta una herramienta legal en donde los pequeños y medianos empresarios, e incluso los grandes empresarios cuenten con un instrumento que apoyándose en el principio de autonomía de la voluntad consienta las actuaciones en una colectividad estructurada en favor de sus intereses económico, al transcurrir el tiempo se logrará dar un análisis real en relación al beneficio práctico. Conclusión. las compañías de acciones simplificadas representan un hito en la contractualización entre cónyuges en el Ecuador, en primer lugar, por la facilidad de constitución adicional y cero costos operativos, paralelamente la flexibilización de las formalidades lo que la hace muy atractiva. Comparablemente la posibilidad de recubrir a los patrimonios familiares con la responsabilidad limitada, se constituye en un factor muy importante a considerar en especial en los precisos momentos en que por efectos de la pandemia COVID-19 la economía nacional se ha visto sumamente afectada y en donde corren grave riesgo de embargos los bienes de participantes en las sociedades conyugales.
Introducción. A lo largo de la vida, las personas han tenido que pagar impuestos, el gobierno es el encargado de normar y establecer mandatos que se deben cumplir bajo exigencias por parte de la sociedad y uno de estos son los impuestos. Objetivo. Analizar la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo No 298 referente a la reducción del Impuesto a la Salida de Divisas. Metodología. Se aplica una metodología con diseño bibliográfico apoyada en una revisión bibliográfica. Resultados. El Ecuador dispone de una amplia normativa que regula el funcionamiento del Estado. De acuerdo a lo establecido en el Art. 425 de la Constitución de la República aprobada en el año 2008, el orden jerárquico de aplicación de las normas es el siguiente: Constitución; tratados y convenios internacionales; leyes orgánicas; leyes ordinarias; normas regionales y ordenanzas distritales; decretos y reglamentos; ordenanzas; acuerdos y resoluciones; y demás actos y decisiones de los poderes públicos El ISD ostenta el tercer lugar como impuesto de más alta recaudación en el país luego del Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a la Renta. El ISD es un tributo que se creó para la regularización del flujo de capitales, de manera que el capital no fluya de forma desmedida al exterior del país. Conclusión. El decreto ejecutivo No. 298 y la ley para fomento productivo, atracción inversiones, generación de empleo, adolecen de inconstitucionalidad de fondo, menoscaban la jerarquía constitucional de los instrumentos jurídicos vigentes. De la misma manera al encontrarse vigente ambas manifestaciones jurídicas en torno al Impuesto a la salida de divisas mediante el principio jurídico de presunción de legitimidad. Las mencionadas reglamentaciones tributarias violentan la garantía constitucional de seguridad jurídica en deterioro del mandante supremo: el pueblo ecuatoriano.
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