A partir del nuevo milenio la organización en torno a la demanda de la legalización del aborto en Argentina cobró una importancia sin precedentes. Los feminismos y las organizaciones de Derechos Humanos que se constituyeron como sus aliadas desplegaron variadas estrategias. Entre ellas se destacó la incidencia en organismos supranacionales, como los Comités de las Naciones Unidas y las Conferencias Regionales de la Mujer de la CEPAL, que en respuesta emitieron importantes resoluciones y documentos relativos a las políticas públicas de nuestro país en la materia. Este documento resume el trabajo político de las organizaciones profesionalizadas y las respuestas de los organismos que resultaron en la construcción de un marco más favorable para políticas públicas que garanticen el acceso al aborto legal.
La teoría clásica de la acción colectiva conceptualiza a los movimientos sociales como el principal motor de los cambios en las políticas, y a su vez como antagonistas del establishment o el estado. El artículo resume las propuestas teóricas para superar esta limitación y las agrupa en tres tipos de abordajes: las que enfocan las situaciones en que parte del Estado es también activista; las que consideran la construcción de redes, monopolios, comunidades o campos de las políticas que convocan actores institucionales y no institucionales en la búsqueda de un cambio en las regulaciones o políticas públicas; y las que parten de la construcción del problema público alrededor del cual se agrupan actores de diversa índole. Por último, se sintetizan algunas propuestas para abordar los efectos mutuos de los movimientos sociales y el estado y las consecuencias de esta relación sobre las políticas públicas, sobre la sociedad civil y la democracia
En el año 2012 la Corte Suprema de Justicia emitió el fallo “F.A.L.”, que brindó certeza jurídica acerca de la legalidad de la interrupción del embarazo en los casos previstos por la ley, definió los alcances de la protección de la vida intrauterina y su arreglo con los compromisos internacionales y definió las responsabilidades del Estado. Luego de la aprobación de la ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Legal del Embarazo, sectores conservadores iniciaron una multitud de acciones, muchas de las cuales esgrimen los mismos argumentos sobre los cuales la Corte Suprema ya sentó posición.
El presente artículo repasa los antecedentes del fallo “F.A.L.” y las definiciones de la sentencia y ofrece un análisis de los aportes que puede realizar a las críticas feministas al Derecho.
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