Resumen: El presente artículo tiene como objetivo reflexionar sobre las características de los conflictos que se desarrollaban en los Tribunales del Trabajo de la ciudad de La Plata en sus inicios (1948)(1949)(1950)(1951)(1952)(1953)(1954)(1955) a fin de dilucidar si se trataba de conflictos individuales o colectivos del trabajo. La hipótesis de trabajo se plantea desde una perspectiva que centra su desarrollo en la aplicación del concepto de agencia histórica como central para dilucidar las características colectivas en los conflictos individuales. A fin de sostener dicha hipótesis se presentaran los límites impuestos a la individualización desde la doctrina misma del Derecho Laboral, así como también el límite impuesto por las prácticas mismas de los actores que acudían a la justicia laboral en búsqueda de sus derechos. Esta indagación permite, además, reconstruir nuevos roles para instituciones como los sindicatos y su papel en los conflictos cotidianos.Palabras clave: Justicia del Trabajo; conflicto; agencia histórica.
Abstract:This article aims to define whether the conflict that develops in the Labor Courts in La Plata city in its first years (1948)(1949)(1950)(1951)(1952)(1953)(1954)(1955) was individual or collective. The working hypothesis arises from a perspective that focuses its development in the application of the concept of historical agency as central to elucidate the collective characteristics in individual disputes. In order to support this hypothesis it will be presented the limits to the individualization from Labor Law doctrine itself, as well as the limit imposed by the practices of the actors themselves who came to labor justice in pursuit of their rights. This research also allows reconstructing new roles for institutions such as trade unions and their role in everyday conflicts.
La posibilidad de sancionar una ley que protegiese al trabajador ante un eventual accidente fue un debate central en el desarrollo de la legislación laboral. Ninguna de las leyes previas sobre derecho del trabajo implicó un cambio tan importante en la doctrina jurídica como la ley n° 9688 de 1915. La inclusión en una ley de la inversión de la carga de la prueba fue un duro examen para las posibilidades del fuero civil de responder a las problemáticas devenidas de la relación entre el trabajador y su patrón y abrió las puertas para un debate sobre la posibilidad de constituir un nuevo fuero dedicado a los conflictos emergentes de la relación laboral.El artículo se propone explorar los límites de la justicia civil y las derivaciones doctrinarias de la asunción de la doctrina del riesgo profesional.Estos límites se abordan conjuntamente con los debates generados entre los especialistas de la época y, las propuestas de conformación de un nuevo fuero cuyas características procedimentales fuesen solidarias con las nuevas doctrinas.
AbstractThe chance to pass a law that would protect the worker against a possible labor accident was a central debate in the development of labor law.
El artículo aborda la relación de la Argentina y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a través de los distintos representantes que concurrieron a las Conferencias anuales del organismo durante la década del veinte del siglo pasado, en momentos en que la OIT estaba en proceso formativo. Los informes que estos delegados hicieron públicos –en el caso de los delegados gubernamentales informes elevados a las autoridades, en el caso de los delegados obreros y patronales publicados en diversos medios– permiten analizar las expectativas que portaban al interactuar en un organismo internacional que tenía sus propios objetivos. En muchos casos la OIT fue un escenario más en la disputa entre el estado, los patrones y los obreros, y en otros se puede percibir la uniformidad de criterios en relación a algunos tópicos particulares, tales como el lugar de la Argentina en relación a su legislación laboral. Al mismo tiempo, la participación de las delegaciones argentinas exigió la adecuación del sistema de relaciones establecido entre los sindicatos y el Estado ya que, ante la ausencia de un mecanismo formal en la elección de los representantes obreros, este fue reemplazado por mecanismos ad hoc en los que primaba la coyuntura de conflictividad local.
Presentamos una reflexión acerca de nuestra práctica como docentes de historia en la carrera de Trabajo Social. Puesto que esta profesión estuvo fuertemente vinculada con la medicina, y hace alrededor de treinta años realizó un giro hacia las ciencias sociales, nos preguntamos de qué modo es percibida por los estudiantes esta relación, en particular entre la historia y el Trabajo Social, con el objetivo de avanzar en mejores estrategias didácticas en la construcción del conocimiento histórico. Primero, haremos un breve recorrido histórico sobre el desarrollo de la profesión y el ingreso de las ciencias sociales para la formación. Segundo, presentaremos las consideraciones de los estudiantes acerca de “¿Para qué sirve estudiar historia en Trabajo Social?” Finalmente realizaremos un análisis que será el insumo utilizado para la elaboración de una propuesta pedagógica en el marco de la cátedra.
El presente trabajo se propone trazar el recorrido de las representaciones obreras argentinas ante la Organización Internacional del Trabajo durante los años del peronismo clásico (1945-1955). El trabajo sostiene que las delegaciones obreras argentinas bajo el peronismo tuvieron que sobreponerse a un proceso de aislamiento en el grupo obrero por la pérdida de lazos internacionales construidos en la etapa previa a la Segunda Guerra Mundial. Sin embargo el contexto de inestabilidad de los alineamientos internacionales de las organizaciones sindicales producto del fin de la Segunda Guerra Mundial y los comienzos de la Guerra Fría, una mayor estabilidad política interna de la Confederación General del Trabajo argentina y la voluntad de incluir a los trabajadores como funcionariado del gobierno peronista favorecieron una mayor estabilidad de la representación en Ginebra. Esta estabilidad burocrática permitió la reconstrucción de lazos internacionales y la posibilidad de desplegar un programa propio en la esfera mundial para los delegados argentinos.
El artículo aborda la figura de los jueces de los Tribunales del Trabajo de la ciudad de La Plata en cuanto a su formación académica y en su función judicial. Se intenta de esta forma dar cuenta de la conformación de un particular funcionariado estatal cuyo rol estaba ligado al logro de algunos objetivos centrales del peronismo, como la justicia social, y que requirió escapar de la fría letra de la ley. Al tratarse de funcionarios judiciales, esta prerrogativa entró en tensión con la necesidad profesional de basar sus decisiones en leyes y jurisprudencia. Mediante el análisis de cuestiones referidas a su formación académica, los discursos gubernamentales en torno a su función social y algunos de sus fallos, se intentará problematizar la relación entre proyectos de corte académico/jurídico y las necesidades político/ estatales.
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