“…Posteriormente en 2007, luego de ser derrotado en un referendo constitucional, el PSUV, en uso de su mayoría parlamentaria, aprobó un paquete de leyes del poder popular que incorporaron el proyecto de sistema de gobierno comunal: Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Ley Orgánica de las Comunas, Ley Orgánica del Poder Popular, Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal y Ley Orgánica de Contraloría Social. Este aparato legal apuntó al desmantelamiento de la institucionalidad democrática establecida a partir del progresivo avance de estructuras comunales paralelas tuteladas desde el Ejecutivo nacional, corporaciones regionales a cargo de comisarios nacionales plenipotenciarios, y una actitud vertical y discrecional con fuerte destaque del presidente (Goldfrank y González Esquivel, 2020;Martínez Meucci, 2013;Maya y Lander, 2011;Romero y Benayas, 2018). Dos puntos álgidos son: la reforma a la Ley Orgánica de Descentralización que revirtió competencias administrativas y fiscales a los estados y municipios antes transferidas para la recaudación propia y gestión de ingresos clave como peajes, puertos marítimos y aeropuertos; y el vaciamiento de competencias de la opositora alcaldía metropolitana de Caracas reasignadas vía decreto presidencial al jefe de Gobierno del distrito capital nombrado por el presidente.…”