En el presente artículo se exponen las virtudes y los resultados del proceso monitorio aplicado en otras latitudes con la finalidad de poner en evidencia que se trata de un proceso que, lejos de la discusión sobre su naturaleza jurídica, logra resolverlos conflictos sometidos a este en un tiempo prudencial. Luego, se analizan los procesos laborales de menor cuantía que se tramitan bajo la Ley n.º 29497. Se concluye que estos procesos pueden ser adaptados o sometidos al proceso monitorio, lo cual permitiría que su tramitación y resolución se efectúen en un plazo razonable, lográndose así la celeridad que pregona la nueva ley procesal del trabajo.