El monitorio es un proceso o procedimiento —según se prefiera uno u otro término, habida cuenta de su diseño— especial de conocimiento rápido simple, de poco costo y que se asienta precisamente en la posibilidad de que el requerimiento o mandato de pago no sea controvertido, y con ello poder acceder a un título ejecutivo de carácter judicial (una sentencia). Aquí se propone un monitorio inclusivo de los tipos de obligaciones por tutelar, monofásico y diferenciado en la regulación del monitorio respecto de aquellos llamados “de estructura monitoria”. Regula los procesos monitorios como procesos especiales diferenciados de la ejecución justamente porque asume en ello la técnica legislativa de visión restringida, además no regula la “preparación de la vía ejecutiva” ya que al acreedor le basta con iniciar la vía monitoria para poder eventualmente obtener en forma rápida, simple y a menor costo un título ejecutivo judicial (una sentencia). Se propone desde el derecho comparado el diseño óptimo de un procedimiento monitorio para la Argentina.