“…Ello implica, en palabras de Guillermo Zapata al ilustrar la concepción de la condición política en Hannah Arendt"…repensar la condición política en función del poder de la igualdad humana, cuya exigencia es integrar el respeto a la radical singularidad que nos diferencia a los seres humanos, unos de otros, radicalizando la única libertad posible, la libertad subjetiva: es decir, una democracia para ´solitarios solidarios´" (Zapata, 2006) Igualmente lleva a que se trascienda el enfoque de los Derechos Humanos, hacia uno que "se sirve de la fenomenología de Heidegger y el pensar existencial de Jaspers busca la creación y mantenimiento de un espacio público de aparición que garantice el derecho a tener derechos." (Urabayen, 2011) Junto a esta perspectiva, se vuelve central el trascender la noción dada en el marco legal anterior, que no iba más allá de describir al sujeto joven como una persona entre los 14 y 26 años; hacia su reconocimiento como parte de una comunidad política: ejerce su ciudadanía.…”