“…En Chile, la definición de magnitudes para la dosimetría de los trabajadores y sus fenómenos físicos, químicos y biológicos, al igual que en el caso de las magnitudes de dosimetría para pacientes, no se encuentra actualizada en la legislación 6,7 . En nuestro articulo previo 8 , relativo a la dosimetría de pacientes sometidos a procedimientos de Radiodiagnóstico e Intervencionismo, el análisis se fundamentó en los reportes ICRU-85 9 y 74 10 , donde se documentaron las magnitudes y unidades denominadas "fundamentales" para describir las radiaciones ionizantes en general (magnitudes radiométricas, coeficientes de interacción, magnitudes dosimétricas y de radiactividad) y las denominadas "especiales". Sin embargo, se omitió intencionalmente un análisis más acabado de las magnitudes y unidades "dosimé-tricas", dada su estrecha relación para comprender las magnitudes y unidades de "protección radiológica" utilizadas en las exposiciones ocupacionales.…”