2016
DOI: 10.31644/ed.esp.2016.a03
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La antropología mexicana ante la Ley General del Ejercicio Profesional sujeto a Colegiación y Certificación Obligatorias

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“…En ese sentido, toman relevancia las relaciones estructurales con otros campos del conocimiento y particularmente con los de las ciencias de la vida, biomedicina y salud, según el contexto institucional, por lo que se debe considerar el discurso y la directriz política, para la resolución de conflictos sobre la organización social y sus instituciones (4); el académico, en cuanto al ejercicio profesional de los actores sociales participantes en el ámbito público de escuelas e institutos de enseñanza e investigación; el pos académico, en que el ámbito profesional se articula con el mercado (5); y el contexto histórico y de las negociaciones políticas de las ciencias y tecnologías hacia el bien común (6).…”
Section: Introductionunclassified
“…En ese sentido, toman relevancia las relaciones estructurales con otros campos del conocimiento y particularmente con los de las ciencias de la vida, biomedicina y salud, según el contexto institucional, por lo que se debe considerar el discurso y la directriz política, para la resolución de conflictos sobre la organización social y sus instituciones (4); el académico, en cuanto al ejercicio profesional de los actores sociales participantes en el ámbito público de escuelas e institutos de enseñanza e investigación; el pos académico, en que el ámbito profesional se articula con el mercado (5); y el contexto histórico y de las negociaciones políticas de las ciencias y tecnologías hacia el bien común (6).…”
Section: Introductionunclassified
“…En la lectura de la iniciativa, la antropologíano figura en el corpus de la exposición de motivos para efectos de colegiación obligatoria y certificación, toda vez que las únicas actividades sujetas a regulación son aquellas que guardan relación con la vida, la salud, la seguridad, la libertad y el patrimonio de las personas; las áreas profesionales incluidas son la medicina, las ciencias de la salud en general, el derecho, la ingeniería, la arquitectura y la contaduría. La omisión legislativa de incluir a la antropología en esta iniciativa obedece al devenir de su propia historicidad y a la falta de conocimiento de los nuevos campos de aplicación de la antropología post-académica por parte de los legisladores (Escamilla et al, 2007;Llanes, 2016), lo que demanda un acercamiento de los profesionistas con los hacedores de normas para una mayor comprensión y alcance de la disciplina. A esto se suman algunos otros esfuerzos, como los realizados por el INAH, institución rectora que salvaguarda, conserva y preserva el patrimonio paleontológico, histórico y antropológico en México, cuyo equipo de investigadores de la especialidad de antropología física de todo el país se están dando a la tarea, junto con las autoridades, de generar lineamientos para el manejo de restos óseos en este año 2020 y se espera incluyan algunos principios éticos.…”
unclassified
“…Estos colegios y asociaciones no han logrado un consenso mínimo en la construcción de un corpus ético entre la antropología del Estado, 6 de la academia 7 y la post-academia 8 (Vázquez, 2006;Schavelzon, 2010;Valladares, 2014;Llanes, 2016). La falta de consenso, entre otras causas, se debe a la lógica divergente en la historicidad de los códigos de ética para la regulación de la conducta.…”
unclassified
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