“…En la descripción de algunos de los principios más relevantes para la promoción de los derechos humanos y para luchar contra la impunidad, se hace hincapié en la necesidad de identificar, preservar y brindar acceso a los archivos producidos por los regímenes represivos (Joinet, 1997); una de las principales estrategias de identificación de acervos relacionados con la protección y defensa de los derechos humanos que se ha documentado ha sido la de los censos, estos han permitido ubicar los documentos y las condiciones en las que fueron encontrados (González-Quintana, 1995;Huenuqueo, 2008); en materia de preservación se plantea que para poder hacer efectivo el "derecho a saber" es fundamental que los archivos sean conservados de manera íntegra (Joinet, 1997, Principio 13; Orentlicher, 2005, Principio 14); por otro lado, se abordan las experiencias en las que los documentos han sido microfilmados y las copias de seguridad guardadas en repositorios en terceros países, medidas como esta se toman con el fin de proteger la información en caso de que los documentos originales sufran algún daño (Caswell, 2010; ONU, 2009); en el caso concreto de la descripción archivística, a través preocupación por determinar qué institución debe custodiar la documentación relacionada con violaciones a los derechos humanos: la decisión de fomentar políticas públicas de memoria y reparación se pueden materializar en dos posibilidades […] a) La integración de los archivos y los documentos relacionados con la violación a los derechos humanos en instituciones archivísticas del estado […] b) la integración de archivos en organismos especializados creados ex novo. (Alberch, 2008, pp.…”