“…Como hemos mencionado, los argumentos dativos en español poseen la marca de caso dativo a. Siguiendo la propuesta de Carreiras et al (2010), las relativas de objeto siempre deberían ser más difíciles en español, tanto en el caso de los psi como de los act; sin embargo, nuestros resultados muestran que esto no es así. No obstante, estudios recientes desde el marco de la fRM se han propuesto investigar si otros rasgos del dominio nominal, además del rasgo [+N], como por ejemplo el número, el género o el caso, pueden generar mayores o menores efectos de intervención (Adani, van der Lely, Forgiarini & Guasti, 2010;Belletti, Friedmann, Brunato & Rizzi, 2012;Adani, Forgiarini, Guasti & van der Lely, 2014;Manetti, Moscati, Rizzi & Belletti, 2016;Adani, Stegenwallner-Schütz & Niesel, 2017;Adelt, Stadie, Lassotta, Adani & Burchert, 2017;Friedmann, Rizzi & Belletti, 2017;Terzi & Nanousi, 2018;Corrêa, Rodrigues & Forster, 2019, entre otros). En lo que respecta al caso, Friedmann et al (2017) sostienen que este rasgo morfosintáctico nunca está activo durante el establecimiento de este tipo de dependencias y, por ende, no podría facilitar la correcta interpretación de la oración en casos de intervención.…”