“…X, núm. 2, año 2022: 95-127 Los pronombres clíticos de tercera persona en el corpus preseea-Medellín de Colombia se rige por el paradigma general del español, expuesto en el cuadro 1, 3 a diferencia de amplias zonas del español ibérico, en las que se usan los paradigmas cántabro, vasco y castellano, entre otros (Fernández-Ordóñez, 2011), así como, a diferencia de otras variedades hispanoamericanas, como aquellas habladas en algunas regiones del Perú -Chinchero y Cuzco- (García y Fernández, 2015), Bolivia (Caravedo, 1997;Calvo Pérez, 1997), Ecuador (Palacios, 2015b), Guatemala (García Tesoro, 2006), México (Hernández y Palacios, 2015;Torres Sánchez, 2015;Flores Farfán, 1999;Lizárraga, 2014;Guerrero y Orozco, 2014), Costa Rica (Sánchez Avendaño, 2015) y en la frontera argentinoparaguaya (Guillán, 2015;Palacios, 2000), en las cuales se hace uso de paradigmas alternativos. 4 Otros aspectos en los que se presenta variación del español son aquellas regularidades relacionadas con el doblado de clítico, la distribución de este con respecto al verbo y la concordancia plural del clítico de objeto indirecto (oi), aspectos que se ampliarán en el apartado 2.…”