“…Asimismo, ha dispuesto que las reparaciones no puedan quedar supeditadas a los resultados de las investigaciones penales 32 y, además, que las reparaciones administrativas no pueden ser un obstáculo para exigir las reparaciones individuales 33 . Desde 1990 se han implementado distintas medidas de reparación, tanto materiales como inmateriales (Lira, 2005;Gahona, 2009;Guzmán, 2009: Collins, 2013INDH, 2017). En cuanto a las medidas materiales, las políticas compensatorias, vía diversos cuerpos legales 34 , han consistido en beneficios previsionales, pensiones y el pago de bonos compensatorios, entre otros, que han estado dirigidos a víctimas de violencia con resultado de muerte, desapariciones, tortura, prisión política, exilio, exoneración por razones políticas y exoneración de sus tierras en el marco de la contrarreforma agraria (Collins, 2013;INDH, 2017).…”