La propiedad predial inscrita en el registro de la propiedad inmueble cumple un rol muy importante en la sociedad peruana. Esta se puede adquirir por el simple consenso entre el comprador y el vendedor, sin la necesidad de realizar algún acto complementario. No obstante, si el adquiriente no inscribe su derecho en el registro, podría verse despojado de su derecho por otro adquiriente. Ante esta realidad, se tiene como objetivo determinar las acciones que debe realizar todo adquiriente para conservar su derecho frente a otros posibles propietarios.
La investigación es de tipo documental, y se ha utilizado principalmente el método argumentativo jurídico. Se concluye que para conservar la propiedad de un predio inscrito es necesario realizar las actividades complementarias señaladas en los artículos 2014 o 2022 del Código Civil. Estas actividades deberán ser complementadas con las obligaciones señaladas por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la sentencia 207/2020 del Tribunal Constitucional peruano, siendo el requisito fundamental que la inscripción registral sea inscrita de buena fe con base en un actuar diligente y prudente.