“…El ciclo de vida del ser humano está conformada por varias etapas, una de ellas, la vejez; que por su edad es llamado adulto mayor; este grupo etario merecen la atención, acogida y amparo de los derechos humanos, que desde 1945 viene gestionándose internacionalmente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), sin exclusión de raza, color, sexo, idioma, religión, edad, u otra condición humana; el envejecimiento de las personas conlleva transformaciones sociales como laborales, financieras, y promoción de bienes y servicios (Naciones Unidas, 2021), y requieren atención y protección especial, priorizada, personalizada, en materia de inclusión social, económica, de forma prioritaria, especializada y llevando una vida de paz, sin violencia (Ministerio de Inclusión Económica y Social , 2018); de estas personas cuya edad sea a partir de 60 años (Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, 2019), por lo que debe ser una declaración política Edwyn Williams Marín-Tapia 110 capacidades del grupo de personas mayores, orientación de atención integral y de servicios enfocados en adultos mayores y accesibilidad a los servicios a largo plazo (Organización Panamericana de la Salud OPS, 2021). The Stakeholder Group on Ageing (SGA) es una entidad preocupada en los adultos mayores cuyos objetivos pretenden integrar los problemas del envejecimiento en la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible a nivel nacional, regional y mundial (Dongilli et al 2016).…”