Este artículo presenta los resultados de una investigación que analiza la sentencia T-622/14 de la Corte Constitucional Colombiana en torno a la reasignación de sexo de niños intersexuales. El análisis se centra en el estudio de las voces involucradas y en el examen de las estrategias discursivas utilizadas para construir el concepto de intersexualidad. El estudio -cuyo enfoque metodológico es el análisis crítico del discurso y la teoría queer-permite evidenciar cómo el discurso judicial se apropia de otras instancias discursivas para definir, moldear y construir los cuerpos y las vidas que son dignas de existir en una sociedad heterocentrada. Se concluye que para la Corte Constitucional la autonomía y la capacidad de decisión personal son aspectos fundamentales en los casos en los que los sujetos intersexuales desean modificar quirúrgicamente sus cuerpos; sin embargo, en la sentencia se omiten las relaciones de poder que la matriz heterosexual produce sobre estos sujetos.This article presents the results of a research project that analyzes the T-622/14 ruling by the Colombian Constitutional Court regarding the sex reassignment of intersex children. The analysis focuses primarily on the study of the voices involved and on the examination of the discourse strategies used to build the concept of intersexuality. Furthermore, the study, with its methodological focus on critical discourse analysis and queer theory, makes evident how the judicial discourse appropriates other discourse instances, such as medical discourse, so as to define, shape, and construct the bodies that matter and the lives that are worth living in a heterocentric society. We conclude that, for the Constitutional Court, autonomy and personal decision capacity are key aspects in cases where intersex individuals want to modify their bodies surgically; however, within the ruling the power relations that the dominant heterosexual matrix produces on these subjects are omitted.
IntroducciónEn años recientes, la Corte Constitucional Colombiana ha tenido que pronunciarse respecto a la situación social y legal de las minorías sexuales en el país, específicamente, en torno al matrimonio de parejas del mismo sexo, sus derechos patrimoniales y la no discriminación hacia miembros de la comunidad LGBTI en establecimientos públicos y educativos. Reiteradamente, por ejemplo, la Corte ha abogado por el respeto a derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la educación sin discriminación para personas transgénero. Un fallo de importante trascendencia fue la sentencia T-622 de 2014, en donde se toman decisiones jurídicas frente a la reasignación de sexo a niños intersexuales. En dicha sentencia se narran las diferentes decisiones que la Corte ha emitido desde 1999 frente a este tema y no sólo se evidencia la postura actual de esta institución jurídica, sino que también se reconstruyen los diferentes imaginarios sociales que médico-jurídicamente se han elaborado frente a la intersexualidad.El objetivo de este artículo, entonces,...