“…En defintiva, la buena fe cumple un rol esencial: "modelar" la voluntad de los contratantes, ajustándola a principios morales y jurídicos como la equidad natural.Por otra parte, y dentro del actual escenario europeo, en materia de unificación y armonización del Derecho de obligaciones, es evidente el enfrentamiento entre dos sistemas opuestos, (Díaz Sierra, 2002) 28 y también resulta obvio, la existencia de una "negociación" en la comunidad científica, cuyo fin es acercar las posiciones y lograr una legislación uniforme. Aun cuando, Europa se encuentra inmersa en este proceso, desde mi punto de vista, pienso que debería preferirse una opción que esté más acorde con los principios de solidaridad social y buena fe, (Perrin, 2005) 29 toda vez que, las soluciones adoptadas como textos de Derecho uniforme, sean de carác-ter académico o legal, necesariamente repercutirán en otros sistemas legislativos, los que podrían verse influenciado por estas soluciones, sea por convencimiento o por razones meramente pragmáticas.…”