“…• Establecer acuerdos multilaterales en salud con los países vecinos, que incluyan transferencias de tecnologías, como los ingredientes farmacéuticos activos [22]. • Aplicar las flexibilidades del acuerdo sobre los "Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio" (adpic), reafirmadas en la "Declaración de Doha": licencias obligatorias, excepción bolar * e importaciones paralelas [4,[13][14][15]17,23,25,28,29,32]. • Modificar las normativas que regulan el otorgamiento de patentes, aplicando estándares más rigurosos de invención, que estén a favor de los intereses en salud pública [4,15,23,24,28,29] y eviten el reverdecimiento de patentes [4,24].…”